La autoridad valoró el acuerdo de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, que aprobó sancionar con cárcel los delitos de colusión.
La Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó hoy la propuesta del Ejecutivo que consiste en establecer un delito de colusión en el Código Penal, contemplando penas privativas de libertad que van desde 5 años y 1 día a 10 años para las personas que hayan participado en el delito.
Además de prisión, quienes se hayan involucrado en la colusión serán sancionados con inhabilitación absoluta por un plazo de 5 años para desempeñar cargos u oficios públicos, cargos de director o gerente en empresas del Estado, cargos de director o gerente en sociedades anónimas abiertas, así como cualquier cargo directivo en asociaciones o colegios profesionales.
La sesión de la Comisión contó con la presencia del Ministro de Economía, Fomento y Turismo, Luis Felipe Céspedes, quien expuso la importancia de poder fijar sanciones que realmente signifiquen un castigo para los ejecutivos de las empresas que cometen colusión, y que sirvan como una disuasión para quienes piensen en cometer este tipo de delitos. Es que la colusión es el equivalente a un robo a gran escala en contra de los consumidores, a quienes se les priva de los beneficios que genera la competencia en los mercados. Ellos son: menores precios, mejor calidad, más variedad y mayor innovación.
“Quienes atenten contra la libre competencia deben exponerse a sanciones ejemplificadoras, que signifiquen asumir un castigo real para los infractores. Una vez que nuestro Congreso Nacional apruebe la iniciativa, Chile contará con una ley apta para disuadir y sancionar como corresponde la conducta que más daño le causa a la economía de mercado, al igual que países como Estados Unidos de América, Australia, Canadá, México, Brasil, Reino Unido, Israel y Sudáfrica”, señaló el Ministro una vez terminada la sesión.
De esta forma el proyecto de Libre Competencia suma otro importante acuerdo a las normas ya aprobadas por la Comisión, como la que prohíbe la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos o de director en dos o más grandes empresas que sean competidoras entre sí. O la norma que tipifica las colusiones duras, que son aquellas que consisten en fijar precios de venta o de compra, limitar la producción, asignarse zonas y/o cuotas de mercado, o afectar el resultado de procesos de licitación, que serán consideradas como infracciones intrínsecas a la libre competencia.
“Proteger la economía de mercado de aquellos que violan sus reglas más básicas es un imperativo fundamental para pavimentar el camino de Chile al desarrollo económico», agregó Céspedes.