Podrán acceder a procedimientos ágiles y transparentes para hacerse cargo de sus deudas y buscar alternativas de solución con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.720.
El Ministro de Economía, Fomento y Turismo, Luis Felipe Céspedes, dio la partida al funcionamiento de la nueva Ley N° 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, que beneficiará a personas y empresas que busquen soluciones a sus problemas de endeudamiento, al ofrecer procedimientos ágiles y transparentes que les permitan renegociar el cumplimiento de sus obligaciones o bien liquidar bienes para cumplir con sus compromisos.
Junto a la Superintendenta de Insolvencia y Reemprendimiento, Josefina Montenegro; y la Subsecretaria de Economía, Katia Trusich, la autoridad inauguró hoy las nuevas oficinas de atención de público de la Superintendencia.
En la ocasión, el titular de Economía manifestó que la entrada en vigencia de esta nueva ley “favorecerá la competitividad y creación de nuevos negocios al facilitar la reorganización efectiva de la empresa viable y la liquidación pronta y eficiente de la que no lo es”. Esto porque la nueva ley incorpora una serie de herramientas que permiten al deudor anticipar su situación de crisis, hacer uso de diversos procedimientos para enfrentar su problema y abrir posibilidades de recuperación, permitiéndole volver a empezar en plazos más breves que la legislación anterior.
La autoridad destacó que la nueva ley también se hace cargo de un vacío normativo que afectaba a todas las personas que se encontraban en estado de mora frente a uno o más créditos impagos. “Desde ahora las personas endeudadas que cumplan ciertos requisitos y que quieran hacerse cargo de su problema pueden acudir a la Superintendencia, que actuará como facilitadora de la renegociación con sus acreedores. Esto ayudará a enfrentar el fenómeno del sobreendeudamiento y a que las personas sean proactivas en hacerse cargo de este problema.”, aseveró.
Una de las grandes novedades de la Ley N.° 20.720 es que las personas naturales, podrán renegociar sus deudas con sus acreedores, o bien, lograr una ejecución expedita y simplificada de sus bienes para el pago a sus acreedores. Se crea para ello un nuevo procedimiento administrativo, gratuito y voluntario ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que actúa como facilitadora de los acuerdos entre los acreedores y el deudor. Los requisitos básicos son tener 2 o más cuotas vencidas por más de 90 días corridos que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F. ($1.960.000 aproximadamente).
Por su parte, la Subscretaria de Economía, Katia Trusich , destacó la nueva Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento quién ahora “respaldará a los deudores que sufriendo de falta de liquidez, podrán acogerse a procedimientos simples para negociar sus deudas con los acreedores, pero sobre todo, favorece el reemprendimiento y también la reinserción laboral de los trabajadores afectados”.
Finalmente, la superintendenta de Insolvencia y Reemprendimiento, Josefina Montenegro, detalló que ahora existirán “cuatro procedimientos, dos para las empresas (reorganización y liquidación) y dos para las personas (renegociación y liquidación de bienes), adecuados para cada deudor en dificultades, sean éstos micro, pequeños, medianos o grandes, personas jurídicas o naturales, en equilibrio con la debida protección a los acreedores y sus garantías”.
Principales cambios de nueva normativa
1. RENEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LA PERSONA: Se crea un procedimiento especial para la renegociación de deudas de las personas deudoras, permitiéndoles llegar a acuerdo con todos sus acreedores, con la ayuda gratuita de la nueva Superintendencia.
2. SALVAMENTO DE EMPRESAS VIABLES: Se crea un procedimiento especial para la reorganización de las empresas viables, permitiéndoles llegar a un acuerdo con sus acreedores en un plazo máximo de 4 meses.
3. AGILIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS: Se acotan los plazos de los diversos procedimientos, de manera que todos los interesados logren una solución a la situación de crisis financiera en menor tiempo. En especial, en el caso de liquidación de una empresa el plazo se reduce de 54 meses de la ley anterior a un máximo de 12 meses.
4. BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES: Se regula el término de las relaciones laborales en caso de liquidación de la empresa, protegiendo las indemnizaciones y facilitando su procedimiento de cobro.
5. TRANSPARENCIA: Se establece que las actuaciones y resoluciones de los diversos procedimientos serán publicadas en una plataforma electrónica (Boletín Concursal), de forma gratuita y con actualización diaria de su contenido, accesible para todo el público.